lunes, 10 de julio de 2017

Se elimina la necesidad de legalizar el título universitario en el Ministerio del Interior

Incluye todos los diplomas a partir de 2012. La autenticidad del título se verificará a través del Sistema Informático de Certificaciones.

El Ministerio de Educación y Deportes (MED), el Ministerio de Modernización y el Ministerio del Interior, Obras Públicas y Viviendas, se unieron para simplificar el trámite de legalización de títulos, ya que hasta el momento, los graduados necesitaban realizar una tramitación de manera personal —exclusivamente— en Buenos Aires o en La Plata, ya sea para ejercer su profesión, ingresar a colegios de profesionales o presentarse a diversas instituciones. 

Este trámite, que se realizaba en el Ministerio del Interior tras finalizar la legalización en el MED, se había convertido —en los últimos años— en una gestión innecesaria, ya que en 2012 se informatizó el área de Legalizaciones de la Dirección Nacional de Gestión Universitaria (DNGU) de la Secretaría de Políticas Universitarias, lo cual garantizó mayor control y celeridad en el proceso. 


La carga de datos en el Sistema Informático de Certificaciones (SiCer) y la incorporación de obleas de seguridad permitió optimizar la seguridad en la legalización, por lo que la intervención en el Ministerio del Interior dejó de aportar valor alguno al trámite. 

Por todo ello, en un importante esfuerzo interministerial, se firmó la Resolución Conjunta 1-E/2017, que define que todos los títulos, certificados analíticos y demás certificaciones emitidas por instituciones universitarias con posterioridad al 2 de enero del 2012, ya no necesitarán legalizarse en el Ministerio del Interior y bastará con la tramitación que la institución universitaria realiza en el MED. Para títulos anteriores a dicha fecha, el trámite continuará realizándose bajo la modalidad anterior.  

Cabe aclarar que será opcional el pedido de legalización por parte de las instituciones durante los 120 días posteriores a su publicación en el Boletín Oficial (con fecha 12 de abril de 2017). Vencido este plazo, el Ministerio del Interior ya no realizará el trámite. 

Para conocer más sobre esta resolución, acceder a Resolución Conjunta 1-E/2017, Anexo I y Anexo II


Fuente: Secretaria de Politicas Universitarias

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